Jurisprudencia
Lecito Gustavo Martín c/ DGA s/ Recurso de apelación
Tribunal Fiscal de la Nación
Extracto del fallo, por la Dra. Soledad Ortíz
Se confirma la resolución aduanera que condenó al recurrente por la infracción de contrabando menor prevista en el art. 947 del Código Aduanero, con motivo del hallazgo, durante el control de equipaje en el Paso Integración Austral, de mercadería electrónica (notebooks, iPhones, consola Xbox 360, tablet, relojes inteligentes y otros artículos de las marcas Apple, Samsung y Philips) oculta debajo de la tapa del piso y en los laterales del baúl del vehículo, en que se trasladaba sin haber sido declarada en el formulario OM-2087/G4. Para así resolver, el Tribunal Fiscal rechazó la pretensión de reencuadre en el art. 954, ap. 1, inc. b) del C.A. y confirmó el encuadre en el art. 864, inc. d) del C.A., señalando que el art. 947 no describe conducta punible alguna, sino que opera por remisión a los tipos penales del contrabando, y que la conducta verificada —ocultamiento de mercadería que debía someterse a control aduanero mediante su disimulación en el baúl del vehículo, sin mediar declaración alguna— configuraba los elementos requeridos por esa figura.
Se confirma la resolución aduanera que condenó al recurrente por la infracción de contrabando menor prevista en el art. 947 del Código Aduanero, con motivo del hallazgo, durante el control de equipaje en el Paso Integración Austral, de mercadería electrónica (notebooks, iPhones, consola Xbox 360, tablet, relojes inteligentes y otros artículos de las marcas Apple, Samsung y Philips) oculta debajo de la tapa del piso y en los laterales del baúl del vehículo, en que se trasladaba sin haber sido declarada en el formulario OM-2087/G4. Para así resolver, el Tribunal Fiscal rechazó la pretensión de reencuadre en el art. 954, ap. 1, inc. b) del C.A. y confirmó el encuadre en el art. 864, inc. d) del C.A., señalando que el art. 947 no describe conducta punible alguna, sino que opera por remisión a los tipos penales del contrabando, y que la conducta verificada —ocultamiento de mercadería que debía someterse a control aduanero mediante su disimulación en el baúl del vehículo, sin mediar declaración alguna— configuraba los elementos requeridos por esa figura.
Reunidos los Vocales miembros de la Sala “E” Dres. Juan Manuel Soria y Héctor Hugo Juárez (la Vocalía de la 14a. Nominación se encuentra vacante), bajo la presidencia del Vocal designado en segundo término, a fin de resolver en los autos caratulados “LECITO GUSTAVO MARTÍN c/DGA s/ RECURSO DE APELACIÓN” expte. 36.424-A.
El Dr. Juan Manuel Soria dijo:
I.- Recurso de apelación: LECITO GUSTAVO MARTÍN interpone recurso de apelación contra la resolución 232/15 (AD RIGA), dictada en marco de las actuaciones administrativas SIGEA 14997-175-2014, que lo condenó por la…
El Dr. Juan Manuel Soria dijo:
I.- Recurso de apelación: LECITO GUSTAVO MARTÍN interpone recurso de apelación contra la resolución 232/15 (AD RIGA), dictada en marco de las actuaciones administrativas SIGEA 14997-175-2014, que lo condenó por la…
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