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28 de oct de 2026
Representantes de Pymes al Mundo, el programa de internacionalización de empresas de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), y del capítulo argentino de la Cámara de Comercio Internacional (ICC) se reunieron días atrás con Jorge Horacio Menem, director de Reingeniería de Procesos Aduaneros, y María del Carmen Baratta, adjunta de esa Dirección, para dialogar sobre el Programa Operador Económico Autorizado (OEA), según informó la entidad el lunes (26.10.2026).
27 de oct de 2026
27 de oct de 2026
El proyecto prevé generar 8.200 puestos de trabajo directos e indirectos.
BO 28/10/2026: Se modifica la Resolución Gral. N° 5626/24 ARCA norma por la cual se establecieron los lineamientos operativos para la exportación de minerales y sus concentrados.
BO 28/10/2026: Se concede el derecho de uso sin exclusividad del Sello “Alimentos Argentinos una Elección Natural” y su versión en idioma inglés “Argentine Food a Natural Choice”, a la firma Mulet y Maurin S.A., con sede social en el Departamento San Martín, de la Provincia de San Juan, para distinguir al producto “Pasas de Uva” comercializado mediante la marca “Mulet y Maurin”.
Valor en aduana. Cánones y derechos de licencia.
Tasa de Estadística. Inconstitucionalidad de los Decretos 901/2021 y 1140/2024.
Declaración inexacta. Infracción al art. 954, ap. 1, inc. a) del C.A. Importación de partes de bicicletas. Presunta elusión de derechos antidumping mediante manipulación de valores FOB declarados.
ResumenLa creciente internacionalización del comercio y la necesidad de compatibilizar la facilitación de las operaciones comerciales con el fortalecimiento de la seguridad de la cadena logística internacional han impulsado la adopción de nuevos modelos de gestión aduanera basados en el análisis de riesgos y en la cooperación entre el sector público y el sector privado. En este contexto, la figura del Operador Económico Autorizado (OEA) constituye uno de los desarrollos más relevantes del Derecho Aduanero contemporáneo.El presente trabajo analiza brevemente el régimen jurídico del OEA en la República Argentina desde una perspectiva normativa y doctrinaria, examinando sus antecedentes internacionales, su recepción en el Marco Normativo SAFE (Framework of Standards to Secure and Facilitate Global Trade) de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y su consolidación a partir del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio (AFC-OMC), particularmente en lo dispuesto por su artículo 7.7 relativo a los operadores autorizados.Asimismo, se menciona la evolución normativa argentina, los requisitos para acceder a la certificación, los beneficios previstos para los operadores, las obligaciones derivadas de dicha condición y las principales ventajas y desventajas del sistema desde la óptica del Derecho Aduanero, del comercio internacional y de la administración tributaria. Todo ello nutrido por algunas opiniones de la doctrina y los documentos emitidos por la Organización Mundial de Aduanas y la Organización Mundial del Comercio.Finalmente, se examinan los desafíos que enfrenta el régimen argentino para consolidarse como un verdadero instrumento de gobernanza aduanera, cumplimiento cooperativo público-privado ("cooperative compliance") y facilitación del comercio exterior, en un escenario caracterizado por la creciente digitalización de las aduanas y la gestión inteligente del riesgo.Palabras clave: Operador Económico Autorizado; Derecho Aduanero; Facilitación del Comercio; Organización Mundial del Comercio; Organización Mundial de Aduanas; Marco SAFE; gestión del riesgo; compliance aduanero; comercio internacional; Argentina.
SUMARIOI. Introducción. II. La suspensión de la acción para la determinación y cobro de tributos. 1. Las cláusulas de suspensión «con carácter general» y la doctrina clásica de la CSJN. 2. El punto de inflexión dogmático: la distinción entre moratorias generales y regímenes de exteriorización voluntaria. 3. El precedente «Tecna» (2026): Hermenéutica restrictiva, debate parlamentario e igualdad ante las cargas públicas. III. La suspensión de la acción para la imposición de multas y sanciones. 1. La naturaleza penal de las infracciones tributarias y aduaneras. 2. Las garantías de ley anterior más benigna y la prescripción como materia penal sustantiva. 3. La doctrina de Fallos: 287:76 («Guillermo Miras») y su proyección sobre el artículo 17 de la Ley 27.562. IV. Síntesis y análisis sistemático de la jurisprudencia. V. Conclusiones.
Tasa de estadística: estado actual de la jurisprudencia sobre la inconstitucionalidad del aumento al 3%. Por Alejandro Daniel Calise (Abogado en Calise Redondo Abogados, actuando en la causa comentada junto con Marinelli & Asociados). Publicado en "Guía Práctica de Comercio Exterior y Anticipos del Nomenclador Arancelario Aduanero" Número 559 del día 15 de Octubre de 2026 pág. 3.Comentario al fallo dictado en la causa 15390/2024 “Storm Control SA c/ DGA - Ley 27541 s/Proceso de conocimiento” con fecha 22/09/2026.