Jurisprudencia
FLET 8 S.R.L. c/ DGA s/ recurso de apelación
Tribunal Fiscal de la Nación
Extracto del fallo, por la Dra. Soledad Ortíz
Se confirma la resolución aduanera por la que se condenó a la firma recurrente (tenedora de mercadería de origen extranjero —teléfonos celulares, fundas, carcasas, cargadores y accesorios—), por la infracción prevista en el art. 987 del Código Aduanero. Para así resolver, el Tribunal Fiscal tuvo por configurados los tres requisitos del tipo del art. 987 —tenencia de mercadería, finalidad comercial y origen extranjero; este último acreditado por las etiquetas de los propios productos ("China" y "Korea") y por el reconocimiento implícito de la firma al presentar documentación en su descargo—, y señaló que la recurrente no logró subsanar las deficiencias observadas por el servicio aduanero en las facturas comerciales aportadas (ilegibilidad, signos de alteración, ausencia o incumplimiento de los datos del Decreto N° 4531/65 y despachos que, consultados en el SIM, no referenciaban mercadería con marca).
Se confirma la resolución aduanera por la que se condenó a la firma recurrente (tenedora de mercadería de origen extranjero —teléfonos celulares, fundas, carcasas, cargadores y accesorios—), por la infracción prevista en el art. 987 del Código Aduanero. Para así resolver, el Tribunal Fiscal tuvo por configurados los tres requisitos del tipo del art. 987 —tenencia de mercadería, finalidad comercial y origen extranjero; este último acreditado por las etiquetas de los propios productos ("China" y "Korea") y por el reconocimiento implícito de la firma al presentar documentación en su descargo—, y señaló que la recurrente no logró subsanar las deficiencias observadas por el servicio aduanero en las facturas comerciales aportadas (ilegibilidad, signos de alteración, ausencia o incumplimiento de los datos del Decreto N° 4531/65 y despachos que, consultados en el SIM, no referenciaban mercadería con marca).
Reunidos los Vocales integrantes de la Sala “G” del Tribunal Fiscal de la Nación, Horacio J. Segura, Miguel N. Licht y Claudia B. Sarquis, a fin de resolver en la Causa N° 38.304-A: “FLET 8 S.R.L. c/ DGA s/ recurso de apelación”,
El Dr. Horacio Joaquín Segura dijo:
I.- Objeto del proceso: Que se trata de resolver en autos si resulta ajustada a derecho la Resolución Nro. 504/2017 (AD CORD), dictada por el Administrador de la Aduana de Córdoba en las actuaciones SIGEA N° 12756-92-2012…
El Dr. Horacio Joaquín Segura dijo:
I.- Objeto del proceso: Que se trata de resolver en autos si resulta ajustada a derecho la Resolución Nro. 504/2017 (AD CORD), dictada por el Administrador de la Aduana de Córdoba en las actuaciones SIGEA N° 12756-92-2012…
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