Novedades

 

El Gobierno oficializó el “Protocolo Particular Plan de Emergencia COVID-19, para el Transporte Automotor de Cargas Generales y Peligrosas en las Rutas Nacionales en el marco de la pandemia del nuevo Coronavirus (COVID-19)”, a través de la Resolución Conjunta 4/2020,
La normativa, publicada este jueves (11.06.2020) en el Boletín Oficial, fija acciones para prevenir el contagio del virus, aplicables a las diferentes etapas del viaje (carga, viaje, paradores, y descarga) y las condiciones sanitarias que debe tener el transpiorte de carga terrestre.
El texto oficial explica que «resulta imperativo mantener el normal flujo de productos indispensables a través de operaciones de comercio nacional e internacional, dando cumplimiento a las medidas sanitarias que tienen por objeto de velar por la salud y prevención del personal involucrado en ella».
El documento aclara que «el transporte de carga por carretera es una actividad esencial que tiene como fin satisfacer la demanda y normal abastecimiento de insumos imprescindibles para la población, participando en la logística desde el tránsito de los insumos hasta el producto terminado en los distribuidores. Por esto, el nuevo protocolo busca el cumplimiento a las medidas sanitarias para cuidar a transportistas y/o trabajadores del servicio de distribución y transporte terrestre de cargas nacional e internacional, que deban continuar prestando tareas durante la pandemia».
Las disposiciones de la Resolución, firmadas por los ministros de Transporte, Mario Meoni; del Interior, Eduardo de Pedro; de Agricultura, Ganadería y Pesca, Luis Basterra; de Seguridad, Sabina Frederic; de Salud, Ginés Mario González García y de la Dirección Nacional de Migraciones, Maria Florencia Carignano, son de aplicación inmediata.
Fuente: Aduana News