SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución N° 450/2024
Ciudad de Buenos Aires, 26 de abril de 2024.
VISTO el Expediente N° EX-2024-32177653- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DNU-2023-70-APN-PTE del 20 de diciembre de 2023; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, 434 del 1 de marzo de 2016, DECTO-2017-891-APN-PTE del 1 de noviembre de 2017 y DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de noviembre de 2019; las Resoluciones Nros. RESOL-2017-381-APN-MA del 28 de noviembre de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, RESOL-2020-135-APN-PRES#SENASA del 4 de febrero de 2020, RESOL-2020-251-APN-PRES#SENASA del 9 de marzo de 2020, RESOL-2020-288-APN-PRES#SENASA del 24 de marzo de 2020, RESOL-2020-295-APN-PRES#SENASA del 27 de marzo de 2020, RESOL-2020-310-APN-PRES#SENASA del 8 de abril de 2020, RESOL-2020-346-APN-PRES#SENASA del 29 de abril de 2020, RESOL-2020-474-APN-PRES#SENASA del 17 de julio de 2020, RESOL-2020-509-APN-PRES#SENASA del 30 de julio de 2020, RESOL-2020-571-APN-PRES#SENASA del 15 de agosto de 2020, RESOL-2020-617-APN-PRES#SENASA del 1 de septiembre de 2020, RESOL-2020-830-APN-PRES#SENASA del 28 de octubre de 2020, RESOL-2021-62-APN-PRES#SENASA del 5 de febrero de 2021, RESOL-2021-127-APN-PRES#SENASA del 12 de marzo de 2021, RESOL-2021-255-APN-PRES#SENASA del 14 de mayo de 2021, RESOL-2021-525-APN-PRES#SENASA del 14 de octubre de 2021, RESOL-2021-546-APN-PRES#SENASA del 2 de noviembre de 2021, RESOL-2021-556-APN-PRES#SENASA del 3 de noviembre de 2021, RESOL-2022-139-APN-PRES#SENASA del 8 de marzo de 2022, RESOL-2022-146-APN-PRES#SENASA del 16 de marzo de 2022, RESOL-2022-766-APN-PRES#SENASA del 25 de noviembre de 2022, RESOL-2022-769-APN-PRES#SENASA del 28 de noviembre de 2022, RESOL-2023-503-APN-PRES#SENASA del 7 de junio de 2023, RESOL-2023-570-APN-PRES#SENASA del 5 de julio de 2023, RESOL-2023-716-APN-PRES#SENASA del 8 de agosto de 2023, RESOL-2023-820-APN-PRES#SENASA del 5 de septiembre de 2023 y RESOL-2023-1220-APN-PRES#SENASA del 29 de noviembre de 2023, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA; la Disposición N° DI-2020-345-APN-DNSA#SENASA del 27 de noviembre de 2020 de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del aludido Servicio Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que el ordenamiento y la actualización de la normativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) han sido establecidos en el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, el que en su Artículo 4° faculta al Presidente del referido Servicio Nacional a constituir un régimen normativo consolidado, a fin de organizar las normas administrativas reglamentarias propias de su competencia y aquellas de las cuales es autoridad de aplicación. Dicha facultad comprende la recopilación, unificación y ordenamiento, que correspondan.
Que, en el mismo sentido, mediante el Artículo 2° del Anexo del Decreto N° DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de noviembre de 2019 se dispone que, a los fines del mejor cumplimiento de sus misiones y funciones, el SENASA recopilará, simplificará y mantendrá actualizado un Digesto de Normas que contendrá el marco normativo vigente, siguiendo las directrices acordadas internacionalmente en materia de buenas prácticas regulatorias, y facilitará su acceso para todos los actores de la cadena agroalimentaria responsables de su cumplimiento.
Que, por su parte, en el Artículo 2° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° DNU-2023-70-APN-PTE del 20 de diciembre de 2023 se establece que el ESTADO NACIONAL promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el Territorio Nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo.
Que, asimismo, estatuye que, para cumplir ese fin, se dispondrá de la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el Territorio Nacional, y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda.
Que, para llevar adelante la mencionada desregulación simplificando procedimientos y normas, resulta conveniente utilizar la sinergia resultante de la aplicación del Plan de Modernización del Estado, aprobado por el Decreto N° 434 del 1 de marzo de 2016.
Que, en ese marco, por el Artículo 3° del Decreto N° DECTO-2017-891-APN-PTE del 1 de noviembre de 2017 se establece que el Sector Público Nacional debe evaluar su inventario normativo y eliminar aquellas normas que sean una carga innecesaria.
Que, por su parte, a través de la Resolución N° RESOL-2017-381-APN-MA del 28 de noviembre de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se instruye a las Secretarías, Subsecretarías y entes descentralizados actuantes en la órbita de dicha Jurisdicción, a realizar una propuesta de reordenamiento normativo para cada una de sus dependencias, en los términos y las condiciones detallados en su Anexo (IF-2017-30263263-APN-SSCTYA#MA).
Que habiendo transcurrido un tiempo considerable desde el último reordenamiento efectuado y teniendo en cuenta que muchas normas han sido dictadas para contextos de emergencias o pandemia que ya no se encuentran vigentes, las áreas sustantivas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA han realizado una propuesta de abrogación de la normativa de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos 4° y 8°, inciso f), del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Abróganse los actos administrativos detallados en el listado que, como Anexo (IF-2024-35886300-APN-DGTYA#SENASA), forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Pablo Cortese
ANEXO
ORDEN
N° NORMA
DESCRIPCIÓN
1
Resolución N° RESOL-2020-135-APN#SENASA
Se declara la Emergencia Fitosanitaria hasta el 31 de marzo de 2021, con respecto a la plaga comúnmente denominada Tucura Sapo (Bufonacris claraziana Saussure), en las Provincias del CHUBUT, de RÍO NEGRO y de SANTA CRUZ.
2
Resolución N° RESOL-2020-251- APN-PRES#SENASA
Se prorroga hasta el 1 de julio de 2020 el plazo establecido en el Artículo 7°, inciso a), Apartado I) de la Resolución N° RESOL-2018-1-APN-PRES#SENASA y se abroga la Resolución N° RESOL-2019-255-APN-PRES#SENASA.
3
Resolución N° RESOL-2020-288-APN-PRES#SENASA
Se exceptúan del cumplimiento de la última vacunación contra la Fiebre Aftosa correspondiente a la campaña en curso, los movimientos de: bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios que aún no hayan cumplimentado o completado en su totalidad la vacunación correspondiente a la Primera Campaña de vacunación contra la Fiebre Aftosa del año 2020.
4
Resolución N° RESOL-2020-295-APN-PRES#SENASA
Se prorroga hasta el 31 de julio de 2020 el vencimiento de habilitaciones, inscripciones e identificaciones de establecimientos y firmas de alimentos para animales, de establecimientos que procesasen frutas y hortalizas y de los transportes de productos de origen animal.
5
Resolución N° RESOL-2020-310-APN-PRES#SENASA
Se prorroga hasta el 31 de julio de 2020 el vencimiento de las habilitaciones fitosanitarias e inscripciones de Centros de Tratamientos Cuarentenarios con Bromuro de Metilo y Centros de Tratamientos Cuarentenarios con Frío, Centros de Aplicación de Tratamientos a Embalajes de Madera, Madera de Soporte y/o Acomodación (CATEM) y Fábricas de Embalajes de Madera (FEM) y Galpones de empaque de tubérculos andinos.
6
Resolución N° RESOL-2020-346-APN-PRES#SENASA
Se establecen las condiciones de seguridad e higiene para la realización de actividades esenciales por parte del personal del SENASA con respecto al Covid-19.
7
Resolución N° RESOL-2020-474- APN-PRES#SENASA
Se prorroga hasta el 1 de octubre de 2020 el plazo establecido en el Artículo 7°, inciso a), Apartado I) de la Resolución N° RESOL-2018-1-APN-PRES#SENASA.
8
Resolución N° RESOL-2020-509-APN-PRES#SENASA
Se incorpora como Artículo 4° Bis de la Resolución N° RESOL-2020-135-APN-PRES#SENASA (Uso del principio activo DIMETOATO para su aplicación únicamente como cebo para el control de la plaga Tucura Sapo en todo el Territorio Nacional).
9
Resolución N° RESOL-2020-571-APN-PRES#SENASA
Se prorroga por el término de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, contados a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial, el plazo establecido en el Artículo 1° de la Resolución N° RESOL-2020-193-APN-PRES#SENASA, para la inscripción de Proveedores de Animales para Contingente Arancelario de Carne Vacuna de Calidad Superior (Hilton) para exportar a la UNIÓN EUROPEA (UE).
10
Resolución N° RESOL-2020-617-APN-PRES#SENASA
Se derogan puntos de los Anexos III y IV de la Resolución SENASA Nº 725 del 15 de noviembre de 2005.
11
Resolución N° RESOL-2020-830-APN-PRES#SENASA
Se exceptúan los plazos de cumplimiento de vacunación de bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios ubicados en los territorios alcanzados por las sequías y/o incendios, con respecto a la segunda campaña de vacunación contra la Fiebre Aftosa del 2020 para las Provincias de CORRIENTES, de FORMOSA, de SANTA FE y de CÓRDOBA.
12
Resolución N° RESOL-2021-62-APN-PRES#SENASA
Se sustituyen los Artículos 8° y 10 de la Resolución N° RESOL-2020-346-APN-PRES#SENASA.
13
Resolución N° RESOL-2021-127- APN-PRES#SENASA
Se prorroga el plazo establecido en el Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2019-1524-APN-PRES#SENASA, hasta el 1 de octubre de 2021.
14
Resolución N° RESOL-2021-255- APN-PRES#SENASA
Se establece la actualización automática, de forma excepcional, para el año 2021 para aquellos inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) que declaren realizar tipo de actividad agrícola, que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF) y que su inscripción o última actualización se haya realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, todo ello en el marco de la pandemia del COVID-19.
15
Resolución N° RESOL-2021-525-APN-PRES#SENASA
Se otorga una prórroga de NOVENTA (90) días corridos para el cumplimiento de la Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario (DOES) para los establecimientos con menos de TRESCIENTAS (300) vacas, por lo que se sustituye el inciso e), Apartado II) del Artículo 9° de la Resolución N° RESOL- 2019-67-APN-PRES#SENASA.
16
Resolución N° RESOL-2021-546-APN-PRES#SENASA
Se autoriza, con carácter de excepción, la liberación semanal de UN MILLÓN (1.000.000) de dosis de la Vacuna HCI ÓLEO 100 INMUNER, hasta tanto culmine el trámite de registro de la mencionada vacuna, de conformidad con el procedimiento establecido en la Resolución N° RESOL-2019-1642- APN-PRES#SENASA y su modificatoria.
17
Resolución N° RESOL-2021-556-APN-PRES#SENASA
Se prorroga hasta el 31 de agosto de 2023 la autorización, en forma provisoria y de manera excepcional, de uso de diversos principios activos para el control de Schistocerca cancellata y Tropidacris collaris.
18
Resolución N° RESOL-2022-139-APN-PRES#SENASA
Se declara la Emergencia Fitosanitaria desde el día 25 de febrero de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023, con respecto a la plaga comúnmente denominada Pulgón Amarillo del Sorgo (PAS).
19
Resolución N° RESOL-2022-146-APN-PRES#SENASA
Se sustituye los Artículos 1° y 2° de la Resolución N° RESOL- 2022-134-APN-PRES#SENASA.
20
Resolución N° RESOL-2022-766-APN-PRES#SENASA
Se prorroga hasta el 31 de marzo de 2023 el Alerta Fitosanitaria en la Provincia de TUCUMÁN, con respecto a la plaga Chicharrita de los Cítricos, declarada por la Resolución N° RESOL-2022-243-APN-PRES#SENASA.
21
Resolución N° RESOL-2022-769-APN-PRES#SENASA
Se crea en el ámbito de la Dirección de Recursos Humanos, la Unidad de Género y Diversidad del SENASA.
22
Resolución N° RESOL-2023-503-APN-PRES#SENASA
Se crea en el ámbito de la Unidad Presidencia del SENASA, la Mesa Estratégica Apícola.
23
Resolución N° RESOL-2023-570-APN-PRES#SENASA
Se suspende la aplicación de la Resolución N° RESOL-2023- 79-APN PRES#SENASA hasta el 15 de agosto de 2023, inclusive.
24
Resolución N° RESOL-2023-716-APN-PRES#SENASA
Se crea, en el ámbito de la Unidad Presidencia del SENASA, la Unidad de Gestión Técnica en Cannabis y Cáñamo Industrial y se abroga la Resolución N° RESOL-2022-454-APNPRES# SENASA.
25
Resolución N° RESOL-2023-820-APN-PRES#SENASA
Se rectifica lo dispuesto por el Artículo 7° de la Resolución N° RESOL-2023-716-APN-PRES#SENASA.
26
Resolución N° RESOL-2023-1220-APN-PRES#SENASA
Se aprueba el Plan Estratégico Institucional 2023-2027 del SENASA.
27
Disposición N° DI-2020-345-APN-DNSA#SENASA
Se incorpora el inciso e) al Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2020-830-APN-PRES#SENASA y se prorroga hasta el día 15 de diciembre de 2020 inclusive, el plazo establecido en el Artículo 3° de la citada Resolución N° RESOL-2020-830- APN-PRES#SENASA.