Haz lo que sientas en tu corazón para estar bien, porque de todos modos serás criticado de cualquier forma. Serás condenado si lo haces, y condenado si no lo haces. Eleanor Roosevelt
Suscribirme online
 
Compartir

estamos para asesorarte

+54 11 4774-0202
info@tarifar.com
Envianos un whatsapp
Legislación - PERSONAL AFIP

Disp. AFIP Nº 37/2024

Se dan por finalizadas y asignadas las funciones de determinado personal en el ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Para seguir leyendo ingresá
o suscribite al Sistema Tarifar

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición N° 37/2024

Ciudad de Buenos Aires, 26 de abril de 2024.

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-00988251- -AFIP-SEASDVGEPE#SDGRHH y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico mencionado en el VISTO, la Dirección Regional Aduanera Central propone dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al agente Ludovico Hernán LOPEZ MEYER en el cargo de Jefatura Interina del Departamento Aduana de Mendoza, en el ámbito de su jurisdicción.

Que asimismo, la nombrada Dirección Regional Aduanera propicia designar en idéntico carácter y cargo, al contador público Javier Alberto DRAKE, para desempeñarse en el citado Departamento.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (artículo 4º C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1.156/96, 618/97 y 1.399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº 15/91 (t.o. Resolución S.T. Nº 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.

Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.

Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.

Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección General de Aduanas.

Que la Subdirección General de Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades conferidas por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y por el Decreto N° 1.399 del 4 de noviembre de 2001.

Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizadas y asignadas las funciones del personal que a continuación se detalla, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

NOMBRES Y APELLIDO CUIL FUNCIÓN ACTUAL FUNCIÓN ASIGNADA Ag. Ludovico Hernán LOPEZ MEYER 20229064232 Jefe/a de departamento de fiscalización y operativa aduanera - DEPTO. ADUANA DE MENDOZA (DI RACE) Acorde a la categoría - DIV. OPERATIVA MENDOZA (AD MEND) Cont. Púb. Javier Alberto DRAKE 20256499046 Jefe/a de sección fiscalización y operativa aduanera - SEC. INSPECCIÓN SIMULTANEA (AD MEND) Jefe de departamento Int. - DEPTO. ADUANA DE MENDOZA (DI RACE)

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Florencia Lucila Misrahi

Ingreso Usuarios Registrados

Beneficios de ser suscriptor

  • Tratamiento arancelario y normativa
  • Acceso a Compendio Temático
  • Texto completo de normas y fallos
  • Resoluciones de Clasificación
+ Información Suscribirme

Beneficios de ser suscriptor

  • Tratamiento arancelario y normativa
  • Acceso a Compendio Temático
  • Texto completo de normas y fallos
  • Resoluciones de Clasificación
+ Información Suscribirme

Conocé el nuevo Tarifar

La mejor información de comercio exterior a tu disposición

NomenclaturasLegislaciónAcuerdosCompendio NormativoJurisprudenciaDoctrinaEstadísticasGuía de Imp./Exp.