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Legislación - ALIMENTOS ARGENTINOS

Res. SB Nº 7/2024

Se concede el derecho de uso sin exclusividad del Sello “Alimentos Argentinos Una Elección Natural” y/o su versión en idioma inglés “Argentine Food A Natural Choice”, a la firma “Rio Alara S.A.”, para distinguir a los productos mencionados en la presente.
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SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

Resolución N° 7/2024

Ciudad de Buenos Aires, 21 de Abril de 2024.

VISTO el Expediente Nº EX-2023-118147970- -APN-DGDAGYP#MEC del Registro de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Ley Nº 26.967, el Decreto Nº 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias, RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias, RESOL-2018-43-APN-SAYBI#MA de fecha 5 de julio de 2018 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, RESOL-2022-13-APN-SABYDR#MAGYP de fecha 22 de abril de 2022 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA; y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.967 se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, establecido por la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias.

Que en virtud de la mencionada normativa se concede a los solicitantes el derecho de uso sin exclusividad del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo, exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se establece. Asimismo, y atento lo previsto por la Resolución Nº RESOL-2022-13-APN-SABYDR#MAGYP de fecha 22 de abril de 2022 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, corresponde establecer que a partir del 1º de enero de 2025, y en todos los casos, el envase de aquellos productos que cuenten con el derecho de uso del Sello deberá ser inferior o igual a VEINTE KILOGRAMOS (20 kg).

Que de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 26.967 y por la citada Resolución Nº 392/05, las renovaciones sucesivas del derecho de uso de dicho Sello serán en idéntico carácter y por igual período de tiempo.

Que, asimismo, por el Artículo 4º del Decreto Nº 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016 se estableció un reintegro del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5 %) adicional para aquellos productos que cuenten con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que por el Artículo 2º de la Resolución Nº RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias se dispuso que a los fines de acreditar ante el servicio aduanero que determinado producto cuenta con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, el interesado debe presentar un certificado por cada operación de exportación, expedido por la SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROPECUARIOS Y NEGOCIACIONES INTERNACIONALES de la SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que en ese marco resulta necesario establecer la exhibición obligatoria del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, respecto de aquellos productos destinados a la exportación y para los cuales se solicite el mencionado reintegro, a fin de cumplimentar con los objetivos previstos en el Artículo 3º de la citada Ley Nº 26.967.

Que por la Resolución Nº RESOL-2018-43-APN-SAYBI#MA de fecha 5 de julio de 2018 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se aprobó el Protocolo de Calidad para “Cerezas Frescas”.

Que la firma RÍO ALARA S.A. (C.U.I.T. Nº 33-70837439-9), con domicilio legal en la calle Juana Manso Nº 205, Piso 7º de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con Constancias de Habilitación de Establecimiento de Empaque Nros. M-1259-a-F y Z-1259-a-F emitidas por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha solicitado el derecho de uso sin exclusividad del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, para distinguir al producto “CEREZAS FRESCAS” comercializado mediante las marcas “SOUTHERNCROPS by RIO ALARA S.A”, “SANTACROCE” y “ONYX”.

Que la peticionante ha cumplido con los recaudos y condiciones generales y particulares requeridos por la Ley Nº 26.967 y la mencionada Resolución Nº 392/05, para la obtención del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, como así también ha acreditado el cumplimiento del Protocolo de Calidad para “CEREZAS FRESCAS” aprobado por la citada Resolución Nº RESOL-2018-43-APN-SAYBI#MA.

Que el área técnica de la ex -SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA y DESARROLLO REGIONAL de la entonces SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA elaboró el informe correspondiente, entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos técnicos para la cesión del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que el servicio jurídico permanente de la SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,
EL SECRETARIO DE BIOECONOMÍA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” a la firma RIO ALARA S.A. (C.U.I.T. Nº 33-70837439-9), con domicilio legal en la calle Juana Manso Nº 205, Piso 7º de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con constancias de Habilitación de Establecimiento de Empaque Nros. M-1259-a-F y Z-1259-a-F emitidas por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para distinguir al producto “CEREZAS FRESCAS”, comercializado mediante las marcas “SOUTHERNCROPS by RIO ALARA S.A.”, “SANTACROCE” y “ONYX”, de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 26.967, por la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias, y por la Resolución Nº RESOL-2018-43-APN-SAYBI#MA de fecha 5 de julio de 2018 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la Nota de “ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES” del referido Sello que, como adjunto registrado con el Nº IF-2023-134953743-APN-DGDAGYP#MEC, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El derecho de uso cedido por el Artículo 1º de la presente medida se acuerda por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase la propuesta de exhibición del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en las muestras de rótulo y/o elementos de “packaging” del producto para el cual se concede el derecho de uso del Sello y que, adjunto como Informe Gráfico registrado con el Nº IF-2023-118144474-APN-DGDAGYP#MEC, forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- Hácese saber a la firma RÍO ALARA S.A., la obligatoriedad del uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, de acuerdo con la forma de exhibición aprobada en el artículo precedente, para aquellos productos destinados a la exportación y respecto de los cuales se solicite la emisión de los certificados referidos en el Artículo 2º de la Resolución Nº RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias, a los efectos del reintegro adicional establecido por el Artículo 4º del Decreto Nº 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016. Asimismo, que a partir del 1º de enero de 2025, en todos los casos, el envase de aquellos productos que cuenten con el derecho de uso del Sello deberá ser inferior o igual a VEINTE KILOGRAMOS (20 kg).

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Fernando Vilella
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