DIRECCIÓN ADUANA DE BUENOS AIRES
Disposición N° 160/2020
Ciudad de Buenos Aires, 08 de Octubre de 2020.
VISTO los artículos 429 y 430 del Código Aduanero, lo resuelto en la actuación 17985-49-2017, y
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia del trámite otorgado a la actuación citada, se hace necesaria la tramitación de las mismas conforme los artículos de la Ley 22.415 que se enumeran en el Visto.
Que la mercadería fue ingresada a la bóveda de seguridad administrada por la División Gestión de Secuestros (SDG OAM) bajo identificador 17622NARC000140R.
Que mediante RESOL-2019-462-E-AFIP-DEPRLA#SDGLTA, emitida por el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros se resolvió, entre otros puntos, dar trámite a la mercadería amparada por la actuación enunciada en la referencia, conforme lo normado en el Código Aduanero, obrante a fojas 28.
Que la mercadería se encuentra verificada y aforada por personal de la División Control y Fiscalización Simultánea del Departamento Operacional Aduanero, obrantes a fojas 15,16 y 36.
Que revistiendo la mercadería en trato el carácter de suntuario, queda excluida de las previsiones de los artículos 4° y 5° de la Ley 25.603.
Que la comercialización impulsada, se efectuará en pública subasta, en los términos del convenio celebrado para ello entre la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Disposición 79/2016 (AFIP) y la DI2018-101-E-AFIP-AFIP.
Por ello;
EL DIRECTOR (INTERINO) DE LA DIRECCION ADUANA DE BUENOS AIRES
DISPONE
ARTICULO 1°- Autorizar la venta de la mercadería, en el estado en que se encuentra y exhibe -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica-, por intermedio del BANCO de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, al valor base y con las observaciones que seguidamente se indican:
ARTICULO 2°.- La subasta pública de la mercadería detalla se efectuará bajo modalidad electrónica a través de la pagina web del BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES https://subastas.bancociudad.com.ar/, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 05 de NOVIEMBRE de 2020, a las 12:00 hs.
ARTÍCULO 3°.- Publicar la presente subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de UN (1) día.
ARTICULO 4º- Por la División Gestión de Secuestros comuníquese a la Dirección de Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera y a la División Coordinación de Secuestros y Rezagos para la continuidad del trámite. Cumplido de no mediar trámite ulterior archívese por finiquitado.
Eduardo Horacio Flury