BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación "A" 7079
Buenos Aires, 30 de Julio de 2020.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“ 1. Establecer que las disposiciones previstas en los puntos 2. y 3. de la Comunicación “A” 7030 y complementarias se mantendrán en vigor hasta el 31.08.2020 inclusive.
2. Reemplazar el punto 2.3. de la Comunicación “A” 7030 reemplazado por la Comunicación “A” 7068, por el siguiente:
“2.3. se trate de un pago asociado a una operación no comprendida en el punto 2.2. en la medida que sea destinado a la cancelación de una deuda comercial por importaciones de bienes con una agencia de crédito a la exportación o una entidad financiera del exterior o que cuente con una garantía otorgada por las mismas”.
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Oscar C. Marchelletta
Gerente Principal de Exterior y Cambios
María D. Bossio
Subgerente General de Regulación Financiera