En Buenos Aires, a los 30 días del mes de agosto de 2019, reunidos los Vocales integrantes de la Sala “E”, Dres. Héctor H. Juárez, Juan Manuel Soria y Cora M. Musso, con la presidencia de la Sra. Vocal nombrada en último término, para resolver en los autos caratulados “CURCIJA SA c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ apelación”, expediente n° 30.506-A.
El Dr. Juárez dijo:
I.- Que a fs. 11/14 vta. se presenta, mediante apoderado, la firma CURCIJA SA e interpone recurso de apelación contra la resolución n° 133/2011 (SDG OAI) recaída en el expediente SIGEA n° 12542-1067-2010, en cuanto, si bien hizo lugar a la devolución de una suma de dinero, considera que hizo aplicación de un tipo de cambio incorrecto para calcular el monto a devolver.
Plantea que, aprobado el ROE verde por la ONCCA, procedió a registrar la DJVE dejando asentado que procedía al pago del 90% del derecho de exportación del 35%, siendo abonada el 22/2/2010 la suma de U$S 551.250 al tipo de cambio vigente a la fecha del efectivo pago.
Destaca que por un error involuntario mediante otro volante electrónico…
Jurisprudencia
Curcija SA c/Dirección General de Aduanas s/recurso de apelación
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