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Legislación - DUMPING

Disp. SSPGC Nº 14/2020

Se da a conocer la nómina de las medidas impuestas, cuyo vencimiento se encuentra incluido en el Artículo 3° de la Resolución N° 293/08 SICPME.
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SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL

Disposición N° 14/2020

Ciudad de Buenos Aires, 13 de Julio de 2020.

VISTO el Expediente N° EX-2020-43107295- -APN-DGD#MPYT, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 293 de fecha 25 de septiembre de 2008 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, reglamenta los requisitos para efectuar la presentación de una solicitud de examen final por expiración del período de vigencia, como también la oportunidad en que la misma debe realizarse.

Que en virtud del plazo previsto por el Artículo 3º de la citada resolución, resulta conveniente dar a conocer, con antelación a dicho plazo, la fecha de vencimiento para la presentación de la solicitud de examen final por expiración del período de vigencia.

Que el referido artículo, establece que la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, dará a conocer semestralmente, mediante una disposición a ser publicada en el Boletín Oficial, la nómina de medidas a vencer, según lo indicado en el Anexo IV de la Resolución Nº 293/08 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.393 de fecha 2 de septiembre de 2008 y el Artículo 3° de la Resolución N° 293/08 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL
DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Dase a conocer la nómina de las medidas impuestas, cuyo vencimiento se encuentra incluido en el Artículo 3° de la Resolución N° 293 de fecha 25 de septiembre de 2008 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, las cuales se detallan en el Anexo que, como IF-2020-43197955-APN-SSPYGC#MDP, forma parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Barrios.

ANEXO

Resolución N° Fecha de publicación BO Vencimiento de la medida TRES (3) meses previos Producto Origen ex MEyFP 1181/2015 26/10/2015 Julio 2020 Accesorios de cañerías para soldar a tope (fittings) —codos, excepto codos de 180° y codos de reducción, y tes— de aceros al carbono, en varias formas, fabricados según normas ASME B16.9 y ASTM A234 o norma equivalente (IRAM 2607, etcétera), de diámetros externos iguales o mayores a SESENTA COMA TRES MILÍMETROS (60,3 mm) (designación DOS PULGADAS (2”)) y menores o iguales a TRESCIENTOS VEINTITRÉS COMA OCHO MILÍMETROS (323,8 mm) (designación DOCE PULGADAS (12”)) en espesores standard y extra pesado REPÚBLICA POPULAR CHINA ex MEyFP 1210/2015 30/10/2015 Julio 2020 Prensas de planchar eléctricas, de peso inferior o igual a CINCUENTA Y UN KILOGRAMOS (51 kg) REPÚBLICA POPULAR CHINA ex MEyFP 1912/2015 10/12/2015 Septiembre 2020 Llaves de ajuste de mano fijas, incluso en juegos, excepto: llaves de pipa, llaves de tubo y llaves de cubo (vaso), presentadas, aisladamente; llaves combinadas con trinquete en uno de sus extremos, presentadas aisladamente; llaves de impacto de los tipos utilizadas en industrias pesadas, presentadas aisladamente; llaves dinamométricas, presentadas aisladamente o en juegos y llaves fijas cuyo largo sea superior a QUINIENTOS DIEZ MILIMETROS (510 mm), presentadas aisladamente REPÚBLICA POPULAR CHINA, TAIPEI CHINO, REPÚBLICA DE LA INDIA ex MEyFP 1859/2015 17/12/2015 Septiembre 2020 Calzado, fabricado con la parte superior de material natural y/o sintético y la parte inferior de material natural y/o sintético, dirigido al consumidor masculino, femenino o infantil y masculino, femenino o infantil y deportivo, excluidos el calzado ortopédico, clasificado fuera de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 6401 a 6405 y el calzado destinado a la práctica de ski y snowboard REPÚBLICA POPULAR CHINA ex MEyFP 1913/2015 17/12/2015 Septiembre 2020 Cadenas y los cierres de cremallera fijos y separables de monofilamento de poliéster (o nylon); todas las cadenas y los cierres de cremallera fijos y separables de plástico inyectado y todos los cierres de cremallera fijos de bronce REPÚBLICA POPULAR CHINA, REPÚBLICA DEL PERÚ ex MEyFP 1900/2015 7/1/2016 Octubre 2020 Equipos acondicionadores de aire de capacidad menor o igual a SEIS MIL QUINIENTAS (6.500) frigorías/hora; versión frío solo o frío-calor, mediante la utilización de válvula inversora del ciclo térmico: de pared o ventana, formando un solo cuerpo, con dispositivo para modificar la temperatura del aire REINO DE TAILANDIA ex MP 85/2016 30/3/2016 Diciembre 2020 Cubiertos íntegramente fabricados en acero inoxidable REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, REPÚBLICA POPULAR CHINA
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