Buenos Aires, a los 14 días del mes de mayo de 2019, reunidos los Vocales integrantes de la Sala “F”, Dres. Horacio J. Segura (Vocal Subrogante de la Vocalía 18a. Nominación), Pablo A. Garbarino y Christian M. González Palazzo para resolver en los autos caratulados “INDUSTRIAS LEAR DE ARGENTINA S.R.L. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ amparo”, expediente nº 39.995-A,
El Dr. Horacio J. Segura dijo:
I.- Que, la actora INDUSTRIAS LEAR DE ARGENTINA S.R.L., por apoderado, a fs. 9/10 interpone recurso de amparo en los términos del art. 1160 del C.A., a efectos de que se ordene a la Dirección General de Aduanas (Sección Ramo D – Aduana de Ezeiza) remitir las actuaciones al área correspondiente, designar sumariante y correr vista en el marco de las actuaciones SIGEA n° 12228-34-2015. Aduce que el actuar de la aduana es manifiestamente ilegítimo y vulnera las garantías constitucionales del debido proceso. Ofrece prueba y efectúa reserva de caso federal. Finalmente, solicita se haga lugar a la acción de amparo interpuesta, con costas.
Que a fs. 13/14 la actora acredita…