En Buenos Aires, a los 8 días del mes de febrero de 2019, reunidos los Vocales integrantes de la Sala “F”, Dres. Ricardo Xavier Basaldúa y Pablo A. Garbarino, para resolver en los autos caratulados “CARRARO ARGENTINA S.A. c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ apelación”, expediente n° 33.735-A,
El Dr. Basaldúa dijo:
I.- Que a fs. 807/812 se presenta la firma CARRARO ARGENTINA S.A., por apoderado, e interpone recurso de apelación contra la Resolución n° 4684/2013, recaída en la actuación SIGEA n° 12034-411-2006, en cuanto la condena por la infracción tipificada en el art. 970 del C.A., respecto del D.I.T. n° 02 001 IT15 231Y, al pago de una multa de DOSCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS CON TREINTA CENTAVOS ($ 270.780,30) y le exige el importe de TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL VEINTIUN PESOS CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 336.021,28) en concepto de tributos, con más intereses. Aduce que ha reexportado la mercadería en tiempo y forma. Se agravia porque la Resolución carece de causa y motivación al haberse omitido la documentación aportada en sede aduanera.