En Buenos Aires, a los 15 días del mes de noviembre de 2018, reunidos los Vocales de la Sala "E", Dres. Juan Manuel Soria y Héctor Hugo Juárez, a fin de resolver en los autos caratulados: "ERMOLENKO Tatiana c/ Dirección General de Aduanas s/ recurso de amparo”, Expte. Nº 39.509-A;
El Dr. Soria dijo:
I. Que a fs. 3/5 la Sra. Tatiana Ermolenko se presenta, por derecho propio, e interpone recurso de amparo por mora en los términos del art. 1160 del CA, ante la falta de resolución por parte del servicio aduanero del expediente iniciado el 22.03.2018 y respecto del cual interpuso pronto despacho con fecha 13.08.2018 (fs. 25, pese a que indica 07.08.2018). Entiende que existe silencio de la administración y mora injustificada, todo lo cual torna admisible el remedio intentado. Deja planteado el caso federal y solicita que se haga lugar a la acción de amparo interpuesta, con costas.
II. Que previa intimación a la recurrente a fs. 7 para que acompañe copias de fs. 3/5 y acredite haber presentado el pronto despacho, lo que cumple a fs. 9/26, a fs. 27 se libra oficio a la DGA a fin…