Con motivo de las medidas implementadas por el Gobierno Nacional a raíz de la crisis mundial generada por el Coronavirus COVID 19, a través del Decreto 297/2020 se dispuesto una serie de medidas para preservar la salud de la población, instrumentando el aislamiento social, preventivo y obligatorio y la circulación de personas, así como también ha dictado excepciones, para aquellas personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.
Previamente por medio del Decreto 260/2020, se dispuso la emergencia sanitaria y se adecuó el funcionamiento de la administración nacional a las pautas allí establecidas, lo que significó que se dictaran una serie de normas complementarias.
Todo esto afectó sensiblemente la actividad del comercio exterior y consecuentemente del servicio aduanero. Se dio prioridad a lo estrictamente necesario y para aquellas actividades y productos considerados esenciales.
La AFIP mediante la Disposición 80/2020 estableció el ámbito y alcance de la actuación del organismo que involucró a la Dirección…
Doctrina - El servicio aduanero en tiempos de pandemia
El servicio aduanero en tiempos de pandemia. Por Horacio Félix Alais. Publicado en "Guía Práctica de Comercio Exterior y Anticipos del Nomenclador Arancelario Aduanero" Número 404 del día 30 de Abril de 2020, pág. 3.
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