Según reza el art. 1132 del Código Aduanero aprobado por ley 22.415, contra las resoluciones definitivas del administrador, podría deducirse recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal; sin embargo ¿este recurso es suficiente en materia de apelación de la resolución administrativa seguida del Procedimiento para las Impugnaciones?
En las próximas líneas pretendemos introducirnos en un tema que hace a la “debida defensa del administrado”: la vía recursiva de la resolución administrativa aduanera, tal y como está… ¿respeta todas las garantías legales exigibles?
2. PreliminarEl art. 1132 del Código Aduanero establece: “1. Contra las resoluciones definitivas del administrador dictadas en los procedimientos de repetición y para las infracciones como así también en los supuestos de retardo por no dictarse resolución en estos dos procedimientos dentro de los plazos señalados al efecto se podrá interponer en forma optativa y excluyente: a) recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal; o b) demanda contenciosa ante el juez competente. 2. Contra…